¿Normas básicas de la Institución?

Sanciones de los alumnos.

3.-De las sanciones de los alumnos

     Los alumnos que infrinjan sus obligaciones se harán acreedores a las siguientes sanciones:

  1. . Llamada de atención.

  2. . Severa llamada de atención.

  3. . Amonestación.

  4. . Suspensión temporal de sus derechos escolares.

  5. . Expulsión definitiva de la escuela.


Todo lo que acontece con la conducta del alumno, se registra en el seguimiento conductual del alumno. Así mismo cabe señalar que todas las sanciones son comunicadas al padre de familia o tutor.

  1. . Llamada de atención.

    • Se entiende por llamada de atención a la prevención verbal que se le señale al alumno.

  2. . Severa llamada de atención.

    • Por severa llamada de atención, se entiende a la prevención escrita que se haga en el seguimiento conductual del alumno, con motivo de falta leve, o falta de puntualidad, falta de asistencia y mal comportamiento dentro de la escuela.

  3. . Amonestación

    • Amonestación es una nota escrita que se registra en el expediente personal del alumno, ante las omisiones o faltas siguientes:

      No ser respetuoso con sus compañeros y/o superiores.

      No tratar con cortesía y diligencia a maestros y padres de familia.

      Hacer propaganda de eventos no institucionales (bailes, partidos políticos, credos, comercio, etc.) dentro del centro de estudio.

      Por cinco faltas de puntualidad en un mes.

      Por tres faltas de asistencia injustificadas en el mes.

      Tener cuatro llamadas de atención en un lapso de treinta días.

      Dos severas llamadas de atención en un lapso de treinta días.

      Salir de la escuela en horas de actividades académicas sin causas justificadas o sin permiso


4.-La suspensión temporal:

     Es la separación física del alumno de la escuela, por acumular notas de amonestación, actos de irresponsabilidad y prácticas de conducta socialmente inaceptadas como: tatuajes, perforaciones, tintes y vestimenta estrafalaria, que ameriten la sanción, siendo el Consejo conformado por el docente titular de la materia, el docente orientador y el Director Escolar, quienes emitirán por escrito lo que proceda.

5.-La suspensión definitiva

Es la suspensión de los derechos escolares de los alumnos, es la separación física de la Institución y puede darse por los siguientes hechos:

  1. . Llamada de atención.
  2. . Severa llamada de atención.
  3. . Amonestación.
  4. . Suspensión temporal de sus derechos escolares.
  5. . Expulsión definitiva de la escuela.

NOTA: En caso de no cumplir con el Reglamento Escolar se procederá a aplicar las sanciones correspondientes.




Recomendaciones de autocuidado al interior de la escuela

    No portes a la vista objetos valiosos o llamativos.

    No dejes tu mochila ni objetos de valor en el patio, bancas u otro lugar.

    Si adviertes la presencia de alguna persona sospechosa en baños, pasillos o escaleras, avisa a los orientadores, al profesor o alguna autoridad educativa.

    No permitas agresiones físicas ni verbales. Avisa inmediatamente al orientador o profesor.


Recomendaciones para la seguridad del alumno al exterior de la escuela

  • Preferentemente y por encima de cualquier compromiso, padres de familia procuren recoger a sus hijos a la salida de la institución sobre todo en la noche.

    • Ponerse de acuerdo entre varios padres de familia para que por turnos recojan a varios alumnos a la salida del plantel.

      Recomendar a los jóvenes de que no se vayan solos, sino en grupo por el riesgo que hay en la zona habitacional.

      Si sales solo, no camines por lugares apartados, elige rutas con calles concurridas y, si es de noche, de preferencia que estén iluminadas.

      Porta siempre tu credencial de estudiante, es tu identificación oficial.

      No mostrarse con objetos ostentosos o joyas a la vista, ni chamarras o gorras que llamen especialmente la atención, porque pueden asaltarte.